ANEXO I
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE SERVICIOS TURISTICOS
a) SOLICITUDES
Y PAGOS: 1) El precio y/o reservación de los servicios que componen el tour
quedan sujetos a modificaciones sin previo aviso cuando se produzca una
alteración en los servicios, modificaciones en los costos o en los tipos de
cambio previstos, por causas no imputables a las partes. 2) Todos los importes
pagados antes de la confirmación definitiva de los servicios son percibidos en
concepto de reserva. La confirmación definitiva de los servicios y precios
respectivos se producirá con la emisión de pasajes y/u órdenes de servicios y
la facturación correspondiente. 3) Las operaciones a crédito deberán satisfacer
los requisitos propios fijados para las mismas. En su defecto el interesado
deberá cumplimentar el pago de los saldos en los plazos y condiciones
establecidos en la contratación.
b) LOS PRECIOS
INCLUYEN: alojamiento en los hoteles mencionados en los itinerarios u otros de
igual o mayor categoría, ocupando habitaciones simples, dobles, triples, etc.
Según tarifa elegida, con baño privado e impuestos. Régimen de comidas según se
indique en cada oportunidad. Visitas y excursiones que se mencionen. Traslados
hasta y desde aeropuertos, terminales y hoteles, cuando se indique. La cantidad
prevista de días de alojamiento teniendo en cuenta que el día de alojamiento
hotelero se computa desde las quince horas y finaliza a las doce horas del día
siguiente, independientemente de la hora de llegada y de salida y de la
utilización completa o fraccionada del mismo. La duración del tour será
indicada en cada caso tomando como primer día, el de salida y como último
incluido el día de salida del destino, independientemente del horario de salida
o de llegada en el primer día o en el último.
c) SERVICIOS O
RUBROS NO INCLUIDOS: 1) Extras, bebidas, lavado de ropa, propinas, tasas de
embarque, tasas sobre servicios, IVA y otros impuestos actuales y/o futuros, ni
ningún servicio que no se encuentre expresamente indicado en la orden de
servicio emitida por el agente de viajes. 2) Estadas, comidas y/o gastos
adicionales o perjuicios producidos por cancelaciones, demoras en las salidas o
llegadas de los medios de transporte, o por razones imprevistas ajenas al
ORGANIZADOR. 3) Alimentación en ruta, excepto aquellas que estuviesen
expresamente incluidas en los programas. 4) Los gastos e intereses en las
operaciones a crédito.
d) LIMITACIONES
AL DERECHO DE PERMANENCIA: El ORGANIZADOR se reserva el derecho de hacer que
abandone el tour en cualquier punto del mismo todo pasajero cuya conducta, modo
de obrar, estado de salud u otras razones graves a juicio de el ORGANIZADOR
provoque peligro o cause molestias a los restantes viajeros o pueda malograr el
éxito de la excursión o el normal desarrollo de la misma.
e)
DOCUMENTACION: Para los viajes al exterior es necesario atender la legislación
vigente en cada caso. Es responsabilidad inexcusable de la agencia informar
fehacientemente y con anticipación suficiente sobre los requisitos que exigen
las autoridades migratorias, aduaneras y sanitarias de los destinos que incluye
el tour, siendo responsabilidad exclusiva del pasajero contar con la
documentación personal que exijan las autoridades mencionadas anteriormente.
f)
CANCELACIONES: 1) En caso de desistimiento de operaciones a crédito no tendrán
reembolso los importes abonados en concepto de informe, gastos administrativos,
sellados e intereses. 2) Cuando se trate de desistimiento que afecte a
servicios contratados en firme por la agencia, el reembolso de los mismos
estará sujeto a las condiciones contractuales bajo las cuales presten sus
servicios las empresas respectivas. En todos los casos de reintegros, la
agencia podrá retener el precio de los gastos incurridos más la comisión del
diez por ciento de los servicios contratados con terceros.
g) TRANSPORTE
NO REGULAR O CHARTER: rige lo estipulado en el punto anterior. Sin perjuicio de
ello, en estos casos sólo se reintegrará la proporción del precio
correspondiente a los servicios terrestres (hotelería, pensión, excursiones)
que determine el ORGANIZADOR según la modalidad con que operen los prestadores
de los servicios. Para que ésta cláusula sea válida deberá determinarse en el
primer documento entregado al pasajero la calidad del transporte.
h) CESION Y
TRANSFERENCIA: el derecho que confiere al cliente el contrato de servicios
turísticos, podrá ser cedido o transferido a otras personas hasta 30 días antes
de la fecha de salida, siempre que no se opongan a ello las prescripciones del
transportista, del hotelero o prestador de los servicios. En los supuestos que
los pasajeros sean de distintas edades (mayores-menores), se ajustará el precio
según tarifarios. En todos los casos de cesión o transferencia, el ORGANIZADOR
podrá percibir el sobreprecio del 10% del monto convenido.
i) RESPONSABILIDAD:
1) El ORGANIZADOR declara expresamente que actúa en el carácter de
intermediario en la reserva o contratación de los distintos servicios
vinculados e incluidos en el respectivo tour o reservación de servicios:
hoteles, restaurantes, medios de transportes u otros prestadores. No obstante
ello las responsabilidades del ORGANIZADOR, sea que intervenga como
organizadora o intermediaria de viaje será determinada conforme las
disposiciones contenidas en la Convención Internacional Relativa al Contrato de
Viaje aprobada por la Ley N° 19.918. 2) El ORGANIZADOR no se responsabiliza por
los hechos que se produzcan por caso fortuito o fuerza mayor, fenómenos
climáticos o hechos de la naturaleza que acontezcan antes o durante el
desarrollo del tour que impidan, demoren o de cualquier modo obstaculicen la
ejecución total o parcial de las prestaciones comprometidas por el ORGANIZADOR,
de conformidad con lo dispuesto por el Código Civil.
j) ALTERACIONES
O MODIFICACIONES: 1) El ORGANIZADOR se reserva el derecho, por razones técnicas
u operativas, de alterar total o parcialmente el ordenamiento diario y/o de
servicios que componen el tour, antes o durante la ejecución del mismo. 2)
Salvo condición expresa en contrario, los hoteles estipulados podrán ser
cambiados por otro de igual o mayor categoría dentro del mismo núcleo urbano
sin cargo alguno para el pasajero. Respecto de estas variaciones el pasajero no
tendrá derecho a indemnización alguna. 3) eL ORGANIZADOR podrá anular cualquier
tour cuando se configure alguna de las circunstancias previstas en el art.24
del Decreto N° 2182/72. 4) Una vez comenzado el viaje, la suspensión,
modificación o interrupción de los servicios por parte del pasajero por razones
personales de cualquier índole, no dará lugar a reclamo alguno, reembolso o
devolución alguna.
k) CLAUSULA DE
ARBITRAJE: Toda cuestión que surja con motivo de la celebración, cumplimiento,
incumplimiento, prórroga o rescisión del presente contrato, podrá ser sometida
por las partes a la resolución del Tribunal Arbitral de la Asociación Argentina
de Agencias de Viajes y Turismo y/o de los Tribunales Arbitrales que funcionen
en sus Regionales. En caso de sometimiento de dicha jurisdicción, los
contratantes se sujetan y dan por aceptadas todas las condiciones establecidas
por la Reglamentación del Tribunal Arbitral.
l) NORMAS DE APLICACIÓN: El presente contrato y en su caso la prestación de los servicios, se regirá exclusivamente por estas condiciones generales, por la Ley N° 18.829 y su reglamentación y por la Convención de Bruselas aprobada por la Ley 19.918. Las presentes condiciones generales junto con la restante documentación que se entregue a los pasajeros conformarán el Contrato de Viaje que establece la citada Convención.